Ciudad De México, 27 de marzo de 2026.- El Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Tercer Circuito recibió el acta de defunción de Nemesio y/o Rubén Oseguera Cervantes, conocido como ‘El Mencho’, documento solicitado para resolver una apelación relacionada con la prescripción de una orden de captura por delincuencia organizada. La recepción del informe oficial se concreta tras un proceso en el que el Ministerio Público Federal mostró resistencia inicial para aportar la documentación requerida por la autoridad judicial.
La solicitud del acta fue emitida por el tribunal el pasado 24 de febrero, dos días después de la fecha de fallecimiento reportada, registrada el 22 de febrero en Jalisco. El juez Sexto de Distrito en Materia Penal en dicha entidad también forma parte de los involucrados en el procedimiento legal que ahora cuenta con este insumo vital para su resolución.
De acuerdo con la información disponible, la entrega del documento no estuvo exenta de obstáculos administrativos, ya que se señala que la fiscalía dudó en proporcionar el registro civil inicialmente. Sin embargo, el tribunal insistió en la necesidad del mismo para dictaminar sobre la situación jurídica del capo, específicamente en lo concerniente a la vigencia de las órdenes de aprehensión en su contra.
Como parte del trámite y ante la demora o resistencia en la entrega de documentos, el tribunal tiene facultad para imponer medidas coercitivas. En este caso, se estableció un apercibimiento de multa por 3,519.30 pesos, equivalente a 30 días de salario, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de las autoridades ministeriales en la integración del expediente.
La noticia ha generado atención debido a la ambigüedad en los registros oficiales, donde el implicado es referido indistintamente como ‘Nemesio y/o Rubén Oseguera Cervantes’. Esta dualidad en el nombre refleja las complejidades de identificación que han caracterizado los procesos legales contra el líder del Cártel Jalisco Nueva Generación a lo largo de los años.
Con el acta en mano, el Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Tercer Circuito procederá a analizar los argumentos de defensa que planteaban la extinción de la acción penal por muerte del procesado. Este desarrollo marca un punto de inflexión en las causas penales abiertas en el Tercer Circuito, aunque persisten vacíos de información pública sobre las circunstancias específicas del deceso más allá de la fecha y la entidad federativa mencionadas.












