Ciudad De México, 25 de marzo de 2026.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la constitucionalidad de la reforma que reserva exclusivamente al Estado mexicano la exploración y explotación del litio. La resolución, emitida el 24 de marzo de 2026, validó los artículos 1, 5 bis y 10 de la Ley Minera modificada en 2022, tras analizar la acción de inconstitucionalidad 78/2022 promovida por una minoría de senadores de oposición.
La ministra Sara Irene Herrerías Guerra actuó como ponente del caso. En su análisis, la Corte concluyó que la normativa no requiere de una consulta previa a pueblos indígenas y afroamexicanos, al tratarse de una norma de carácter general que no tiene un impacto directo e inmediato sobre estas comunidades.
Con este fallo, el alto tribunal ratifica el marco legal que impide la participación de privados en la cadena productiva de este mineral estratégico, consolidando la postura del Estado como único titular de los derechos sobre el litio en el territorio nacional. La decisión pone fin al debate jurídico iniciado hace cuatro años respecto a la viabilidad constitucional de dicha reserva.
La validación de los artículos cuestionados asegura la continuidad del modelo de explotación estatal, descartando las argumentaciones presentadas por los legisladores opositores que buscaban revertir la exclusividad gubernamental establecida en la reforma administrativa previa.











